CCOO obtiene fallo judicial que requiere a la Junta el pago completo del aumento salarial del 2% de 2020 en el sector concertado.
MÉRIDA, 25 de marzo.
El sindicato CCOO ha logrado una sentencia favorable que obliga a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura a reconocer y pagar de manera "inmediata", "íntegra" y "sin fraccionamiento" el aumento del 2% en las tablas salariales correspondiente al año 2020 para el personal de la enseñanza concertada.
La Federación de Enseñanza de CCOO califica de "muy positiva" esta decisión judicial, que refuerza la lucha por los derechos salariales del personal docente en centros concertados y establece un importante precedente ante los intentos de retrasar o fragmentar obligaciones retributivas ya reconocidas por la justicia.
Esta resolución fue dictada por el Tribunal de Instancia de Badajoz, Sección de lo Social Número 3, que dio la razón a la demanda presentada por CCOO en nombre de un afiliado que reclamaba el pago de las cantidades adeudadas en virtud del Anexo VII del VII Convenio Colectivo para empresas de enseñanza privada que reciben financiación pública total o parcial.
La sentencia es firme y no admite apelación, según señala CCOO en su comunicado, que enfatiza que la responsabilidad de financiar estos centros recae "exclusivamente" en la Junta de Extremadura a través del sistema de pago delegado, siendo esta la administración que debe cumplir con el abono del incremento que no efectuó en su momento.
Además, el fallo judicial condena a la administración autonómica a pagar un 10% adicional en concepto de intereses de demora, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, dado que se trata de créditos salariales, añade CCOO.
La sentencia también desestima de forma "expresa" la interpretación que presentó la Junta de Extremadura, que pedía la "desestimación" de la demanda basándose en un pacto que supuestamente permitía el fraccionamiento del aumento salarial. La jueza descalifica este argumento y concluye que dicho acuerdo es "inaplicable", insistiendo en que "no puede limitar ni alterar el derecho a percibir la totalidad de la subida correspondiente a 2020", informa el sindicato.
El origen de este conflicto se remonta a una sentencia del Tribunal Supremo, datada el 20 de diciembre de 2024, que reconocía ya el derecho del personal afectado a recibir el incremento del 2% de las tablas salariales para todo el 2020, cuya financiación debía correr por cuenta de la Junta de Extremadura.
Sin embargo, la administración intentó "justificar" el fraccionamiento del pago citando un acuerdo firmado en mayo de 2025 con algunas organizaciones patronales y ciertos sindicatos. Este acuerdo, sin embargo, fue objeto de una corrección de errores, publicada en el Diario Oficial de Extremadura el 14 de julio de 2025, al constatarse que había incluido erroneamente a sindicatos mayoritarios, como CCOO, que en realidad no habían sido firmantes.
Ante este panorama, la jueza estima "íntegramente" la demanda presentada por los Servicios Jurídicos de CCOO, ordenando a la Junta de Extremadura que abone al demandante la cantidad que falta para alcanzar el 100% de la subida salarial, junto con el correspondiente interés por demora.