En una decisión histórica, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado una sentencia que reconoce el sufrimiento de una mujer que desarrolló una trombosis tras vacunarse contra la Covid-19 con la vacuna Janssen.
Esta sentencia, que confirma la resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cáceres, obliga al Servicio Extremeño de Salud a compensar a la demandante con la cifra de 40.000 euros.
El SES argumentaba que entre la aplicación de la vacuna y la aparición de la trombosis habían transcurrido 56 días, y que la paciente tenía antecedentes familiares que la predisponían a sufrir dicho problema, argumentos que fueron desestimados tanto por la Inspección Médica como por el Servicio de Hematología del Hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres, según lo establecido en la sentencia inicial.
El informe de Hematología destaca que "la afectada presentaba todos los signos clínicos consistentes con el diagnóstico de Trombosis trombocitopénica con anticuerpos anti factor plaquetario, que solo se dan cuando el paciente ha recibido heparina o en casos excepcionales tras la vacunación con Janssen".
En términos de responsabilidad por los daños causados, la sentencia establece que no se determinó negligencia médica ni incumplimiento de las normas, pero sí se establece una responsabilidad económica por el principio de solidaridad, según ha comunicado el TSJEx.
"Dado que los daños ocurrieron en el marco de esta campaña de vacunación global, que tenía como objetivo proteger a toda la sociedad contra la propagación del virus, no se puede exigir a los perjudicados que soporten los efectos adversos de la vacunación cuando esta fue promovida por la Administración en beneficio de la comunidad en su conjunto. En estas circunstancias, es la sociedad en su conjunto, por solidaridad, la que debe asumir los perjuicios causados", señala la sentencia de instancia ratificada por el TSJEx.
La mujer ha debido someterse a tres cirugías y ha pasado 526 días para alcanzar la estabilidad médica, sufriendo entre otras secuelas una disminución leve en su calidad de vida al tener que seguir una dieta de por vida.
Es importante destacar que esta sentencia no es definitiva y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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