El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 ha decidido no conceder la medida cautelar solicitada por la Junta de Extremadura, que buscaba exigir a las empresas denunciadas que continuaran con el servicio de transporte escolar, como lo habían hecho en el curso anterior.
En una resolución emitida este jueves, la administración judicial ha determinado que "no se cumplen los requisitos procesales necesarios para llevar a cabo la medida cautelar". Esta decisión ha sido reportada por Europa Press.
En la primera parte de su razonamiento, el tribunal afirma que en esta fase preliminar, tras la denuncia interpuesta por la Junta el 4 de septiembre, "no se presentan indicios sólidos de criminalidad que justifiquen la adopción de una medida cautelar".
A lo largo de su comunicación, el juez argumenta que las alegaciones del gobierno regional "se basan fundamentalmente en suposiciones que aún deben ser verificadas en la fase de instrucción".
Asimismo, el juzgado señala que "no existe una relación de proporcionalidad entre los hechos denunciados y la medida solicitada", apuntando que "no resulta razonable obligar a las empresas implicadas a cumplir con unos servicios de transporte para los cuales no han sido adjudicatarias".
Por último, el juez destaca que la Junta de Extremadura tiene otras alternativas a su disposición, ya que, según su criterio, la Administración "puede recurrir a recursos administrativos para asegurar el derecho al transporte escolar, que es complementario al derecho a la educación, además de poder iniciar acciones civiles o contencioso-administrativas en caso de que se detecten daños", comenta.
Con base en estos argumentos, el juzgado ha decidido denegar la medida cautelar solicitada por la Junta de Extremadura, siendo esta resolución susceptible de apelación ante la Audiencia Provincial.
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