En una nueva decisión del Consejo de Gobierno, se ha aprobado el calendario de días festivos para el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, donde sorprendentemente el Martes de Carnaval no será considerado día festivo autonómico.
Los días festivos en Extremadura para el año 2025, en términos laborales, incluirán el 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 17 de abril (Jueves Santo), 18 de abril (Viernes Santo) y 1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
Además, se suman el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 8 de septiembre (Día de Extremadura), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).
Por otro lado, según lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores en cuanto al traslado de las fiestas nacionales que coincidan en domingo, el descanso correspondiente al día 12 de octubre se llevará a cabo el lunes 13, por ser ese día la fiesta.
En palabras de la portavoz de la Junta, Victoria Bazaga, la estrategia de contar con un fin de semana largo se considera beneficiosa para Extremadura desde una perspectiva turística, al atraer visitantes de diferentes partes del país al coincidir con festividades en otras comunidades autónomas.
Adicionalmente, se determinarán como días inhábiles para trabajar, retribuidos y no recuperables, dos días que serán definidos por resolución de la Dirección General competente en materia de trabajo a propuesta del órgano correspondiente de cada ayuntamiento.
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